Proponen que faltas graves en el matrimonio tengan consecuencias sobre bienes comunes en CDMX⚠️

CIUDAD DE MÉXICO.— Una propuesta presentada ante el Congreso de la Ciudad de México plantea modificar el Código Civil para que la conducta de los cónyuges pueda ser considerada por un juez al momento de resolver sobre la distribución de bienes de una sociedad conyugal.

La iniciativa contempla que, cuando se acrediten faltas graves al deber conyugal, uno de los integrantes del matrimonio pueda perder total o parcialmente su derecho sobre determinados bienes comunes, siempre que existan elementos y pruebas que permitan acreditar la conducta y el daño ocasionado.

Entre las conductas contempladas en la propuesta se encuentra la infidelidad, además de otros supuestos como violencia familiar, abandono injustificado del domicilio conyugal, adicciones no atendidas que afecten la convivencia o el patrimonio, así como otras acciones que hayan provocado un daño comprobable al cónyuge o a los hijos.

De acuerdo con el planteamiento, el objetivo sería que, en determinados casos, la conducta de uno de los cónyuges pueda ser valorada dentro de los procedimientos relacionados con la liquidación de la sociedad conyugal.

Sin embargo, es importante precisar que la propuesta no significa que actualmente exista en la Ciudad de México una ley que castigue económicamente la infidelidad.

Se trata de una iniciativa que tendría que seguir el proceso legislativo correspondiente, incluyendo su análisis, discusión y eventual aprobación, antes de convertirse en una disposición vigente.

El planteamiento abre un debate sobre los límites entre los conflictos personales dentro del matrimonio y sus posibles consecuencias jurídicas y patrimoniales, particularmente cuando se alegan conductas graves que hayan generado un perjuicio comprobable.

Por ahora, la infidelidad por sí sola no implica automáticamente la pérdida de los bienes de un cónyuge. Cualquier modificación en ese sentido dependería del contenido final de la legislación que, en su caso, llegue a aprobarse y de la determinación de las autoridades judiciales.

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